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En The Zimmerman Law Firm, respetamos enormemente lo que nuestros veteranos militares han hecho por nosotros.

Muchos hombres y mujeres del centro de Texas han servido a nuestro país. Ya sea que hayan servido en Ft. Hood o en cualquier otro lugar del mundo, es nuestro deber devolver ese servicio a nuestros veteranos de todo el país.

A medida que los veteranos envejecen, pueden necesitar servicios de cuidados de larga duración para mantener su salud y bienestar. Sin embargo, estos servicios pueden ser caros y difíciles de costear, sobre todo para quienes tienen ingresos y recursos limitados.

Afortunadamente, el Departamento de Asuntos de los Veteranos (VA) ofrece programas denominados prestaciones de ayuda y asistencia y para personas confinadas en casa que proporcionan ayuda económica a los veteranos y sus cónyuges que reúnan los requisitos necesarios y necesiten ayuda con las actividades de la vida diaria.

Estas prestaciones libres de impuestos pueden utilizarse para pagar cuidados de enfermería, servicios de vida asistida y cuidadores a domicilio, lo que permite a los veteranos recibir los cuidados que necesitan sin causarles dificultades económicas indebidas.

Usted o su cónyuge pueden acogerse a estos programas si han prestado servicio activo durante al menos 90 días, de los cuales al menos uno haya sido en tiempo de guerra.

A continuación, puede leer más sobre los detalles de las ayudas y prestaciones para veteranos. Si tiene alguna pregunta, póngase en contacto con nosotros en línea o llame al (254) 252-3590.

Admisibilidad

Para tener derecho a las prestaciones de Ayuda y Asistencia o de Dependencia, usted o su cónyuge deben haber cumplido el servicio militar y reunir determinados requisitos médicos y económicos.

Requisitos del servicio militar

En primer lugar, usted o su cónyuge deben haber servido al menos 90 días en el servicio activo (24 meses si es después del 7 de septiembre de 1980), con al menos un día servido durante un periodo de guerra.

En virtud de la legislación vigente, el VA reconoce los siguientes periodos de tiempo de guerra:

  • Período de la frontera mexicana (del 9 de mayo de 1916 al 5 de abril de 1917, para los Veteranos que sirvieron en México, en sus fronteras o en aguas adyacentes),
  • Primera Guerra Mundial (del 6 de abril de 1917 al 11 de noviembre de 1918),
  • Segunda Guerra Mundial (del 7 de diciembre de 1941 al 31 de diciembre de 1946),
  • Conflicto de Corea (27 de junio de 1950 a 31 de enero de 1955),
  • Época de la Guerra de Vietnam (del 1 de noviembre de 1955 al 7 de mayo de 1975 para los Veteranos que sirvieron en la República de Vietnam durante ese periodo; en caso contrario, del 5 de agosto de 1964 al 7 de mayo de 1975), y
  • Guerra del Golfo (2 de agosto de 1990, hasta una fecha futura que se fijará por ley o proclamación presidencial).

Además, el veterano debe haber sido licenciado con honores o con una calificación que no sea deshonrosa.

Requisitos médicos

En segundo lugar, debe necesitar la ayuda de otra persona (que puede ser un familiar o vecino) para al menos dos actividades de la vida diaria o estar confinado en su domicilio debido a una discapacidad.

Requisitos financieros

Por último, sus ingresos anuales más sus activos contables deben ser inferiores a los umbrales de patrimonio neto fijados anualmente por la VA.

Entre los recursos no computables se incluyen su vivienda (hasta dos acres), su vehículo y sus muebles y efectos personales.

Además, para percibir el importe íntegro de la prestación, el coste de los cuidados debe superar sus ingresos mensuales (menos determinadas deducciones).

Cómo solicitarlo

Para solicitar las prestaciones de ayuda y asistencia o de ayuda domiciliaria, los veteranos o sus cónyuges supervivientes deben cumplimentar y presentar una solicitud a la VA.

La solicitud requiere información detallada sobre el servicio militar, el historial médico, los ingresos y los bienes del veterano, así como documentación que respalde la solicitud.

Si está pensando en solicitar prestaciones de ayuda y asistencia o de ayuda a domicilio, debería considerar la posibilidad de presentar un intento de solicitud por adelantado para disponer de más tiempo para reunir toda la documentación y pruebas necesarias en apoyo de su solicitud.

La presentación de una solicitud no le obliga a presentar inmediatamente una solicitud completa de prestaciones. En su lugar, le proporciona hasta un año para presentar una solicitud completa al tiempo que establece una fecha de entrada en vigor de sus prestaciones.

Esto significa que si presenta una intención de presentar una solicitud y más tarde presenta una solicitud completa dentro del plazo de un año, el VA puede potencialmente pagar beneficios retroactivos desde la fecha en que presentó la intención de presentar la solicitud.

El tiempo de tramitación de una solicitud de prestaciones de ayuda y asistencia o para personas confinadas en casa puede variar en función de diversos factores, como la complejidad de la solicitud, el volumen de solicitudes que se tramitan y la oficina regional del VA concreta que tramita la solicitud.

En general, la VA se propone tramitar las solicitudes en un plazo de 125 días, es decir, unos cuatro meses, a partir de la fecha de recepción de una solicitud completa.

Es importante tener en cuenta que algunas solicitudes pueden tardar más tiempo en tramitarse si se necesita documentación o información adicional o si hay alguna complicación o retraso en la tramitación de la solicitud.

Póngase en contacto con un abogado de derecho de ancianos VA-acreditado hoy 

Si cree que usted o su cónyuge pueden acogerse a este programa, póngase en contacto hoy mismo con nuestros abogados acreditados por la VA.

Podemos ayudarle a determinar si las prestaciones de ayuda y asistencia de la VA o las prestaciones por confinamiento en el hogar son adecuadas para usted, a tramitar el proceso de solicitud y a garantizar que reciba las prestaciones a las que tiene derecho.

Póngase en contacto con nosotros en línea o llame al (254) 252-3590. Para empezar hoy mismo.

FAQ sobre ayudas y prestaciones de la VA

¿Qué es la ayuda y asistencia del VA?

VA Aid and Attendance es un programa de prestaciones ofrecido por el Departamento de Asuntos de los Veteranos (VA) que proporciona ayuda económica a los veteranos y sus cónyuges que necesitan la ayuda y asistencia de otra persona para realizar sus actividades diarias o están confinados en casa.

¿Quién tiene derecho a la pensión de asistencia de la Administración de Veteranos?

El derecho a percibir la pensión de ayuda y asistencia del VA se basa en varios factores, como la hoja de servicios del veterano, su estado de discapacidad, sus ingresos y sus bienes. Por lo general, para tener derecho, un veterano debe haber prestado servicio activo durante al menos 90 días, con al menos un día de servicio durante un periodo de tiempo de guerra.

¿Qué documentos se necesitan para solicitar las prestaciones de ayuda y asistencia o la pensión de orfandad de la VA?

Los documentos necesarios para la solicitud de prestaciones de ayuda y asistencia o de pensión por confinamiento incluyen los documentos de baja (DD214), información sobre ingresos y bienes, historiales médicos y un formulario de solicitud cumplimentado. Es posible que se requiera documentación adicional en función de las circunstancias individuales.